- Somos XERPA -
Soluciones de Igualdad
en las empresas
“Trabajamos para que la igualdad laboral, además de un derecho, sea un hecho”
“Nuestra consultoría de igualdad asegura que tu empresa cumpla con las exigencias de la normativa vigente y se convierta en un gran lugar para trabajar”.
Desde el año 2007 la igualdad efectiva entre mujeres y hombres dentro del ámbito laboral es una exigencia de la normativa española. El art. 45 de la Ley Orgánica 3/2007 establecía que las empresas de más de 250 personas estaban en la obligación de elaborar e implantar planes de igualdad.
En el año 2019 con el Real Decreto 6/2019 la obligatoriedad se extendió a empresas y organizaciones de más de 49 personas. Y, con la puesta en vigencia de los Reales Decretos 901/2020 y 902/2020, en enero 2021 y abril 2021 respectivamente, se han detallado nuevos requisitos e ítems obligatorios para prevenir el acoso sexual y por razón de sexo así como la violencia de género y para asegurar la erradicación de cualquier tipo de discriminación, directa o indirecta en los procesos de selección, contratación, formación, promoción profesional, retribución, y ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
Servicios
Plan
de Igualdad
Un conjunto de medidas evaluables tomadas de realizar un diagnóstico previo, encaminadas a garantizar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en el entorno laboral. Busca la eliminación de las barreras que dificultan, limitan o impiden la igualdad de trato y oportunidades entre sexos en la empresa.
Las que cuenten con una plantilla superior a 49 personas, aquellas cuyo convenio colectivo así lo indica, y/o si se ha recibido sanción de una autoridad laboral que ha indicado la obligatoriedad de realizarlo.
- Proceso de selección y contratación.
- Clasificación profesional.
- Formación.
- Formación profesional.
- Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.
- Ejercicio responsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
- Infrarrepresentación femenina.
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
Protocolo de actuación
frente al acoso
El protocolo de actuación ante casos de acoso es un documento en el que se indica el procedimiento que una empresa llevará a cabo en situaciones de acoso producidas en el entorno laboral. Esto incluye desde la formalización de la denuncia por parte de la víctima, hasta la constitución del comité de prevención, el mecanismo de solicitud de pruebas, las medidas preventivas y las vías de resolución de la situación.
Tal y como lo indica la Ley Orgánica 3/2007 en su artículo 48, todas las personas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo. La aplicación de la Ley 3/2007 en relación al protocolo de actuación frente al acoso es obligatoria para todas las empresas, independientemente del volumen de la plantilla o el sector de actividad.
- Nos ponemos en contacto para realizar la evaluación inicial de la empresa y conocer las necesidades en materia de prevención y actuación ante situaciones de acoso.
- Elaboramos la propuesta del protocolo de actuación para su posterior negociación con la representación legal de las personas trabajadoras.
- Dictamos cursos de formación en prevención del acoso para capacitar al comité de prevención y actuación frente al acoso.
Servicios
Retributivos
A partir del 14 de abril de 2021 entra en vigor el Real Decreto 902/2020 por el que se reafirma la obligación de todas las empresas de realizar un registro retributivo actualizado anualmente y, se incorpora la obligatoriedad de realizar auditoría retributiva para aquellas empresas que deben diseñar un Plan de Igualdad.
Es un documento donde se recoge la información salarial de la empresa y se muestran, de forma separada, las retribuciones desagregadas por sexo en cada grupo profesional o sistema de clasificación aplicable.
Los registros retributivos de las empresas que deben diseñar un Plan de Igualdad deben, además, incluir los datos del sistema de valoración de puestos de trabajo y la justificación empresarial cuando la brecha salarial entre mujeres y hombres sea mayor a un 25%.
¿Cómo lo realizaremos?
- Nos ponemos en contacto con la persona responsable de la empresa para solicitar la documentación necesaria.
- Realizamos el registro y análisis de datos para hacer los cálculos del registro salarial.
- Diseñamos el informe de registro retributivo acorde a la normativa vigente.
- Asesoramos a la empresa si presenta diferencias salariales de más de un 25% parar realizar la justificación escrita exigida e implementar medidas de subsanación.
Además del Registro Retributivo, las empresas que deben realizar un Plan de Igualdad están en la obligación de elaborar una Auditoría Retributiva. Esta auditoría es un informe de transparencia retributiva que busca obtener la información necesaria para comprobar si el sistema retributivo de la empresa cumple con la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres.
Contenido de la auditoría retributiva:
- Diagnóstico (evaluación de puestos de trabajo, evaluación de sistema retributivo, evaluación de medidas de conciliación, corresponsabilidades y promoción profesional).
- Plan de actuación.
¿Qué incluye nuestro servicio?
- Realización del informe de registro retributivo.
- Realización del diagnóstico y el plan de actuación de la auditoría retributiva.
Formación
en Igualdad
Ofrecemos planes de formación para que puedas capacitar a tu plantilla trabajadora en materia de igualdad.
-
Impulso de la igualdad de oportunidades
entre mujeres y hombres. -
Oportunidades y conciliación de la vida familiar,
personal y laboral en las empresas. - Medidas de igualdad en la empresa.
-
Prevención y actuación ante el acoso sexual
y por razón de sexo en el ámbito laboral. - Gestión laboral y Registro retributivo.
Auditoría
de Igualdad
Ofrecemos servicio de auditoría de planes de igualdad previo a su registro formal para evaluar y definir si cumplen los requerimientos de la nueva normativa.
Además, atendemos a aquellas empresas que tengan que adaptar sus planes a las nuevas exigencias establecidas o que estén próximos a culminar su vigencia.
Desde el 01 de septiembre de 2023, las empresas, que estén obligadas a tener plan de igualdad y no lo tengan, no podrán beneficiarse de las bonificaciones a la contratación.
¿En qué consiste nuestro servicio de Planes de Igualdad?
“Nuestra consultoría de igualdad asegura que tu empresa cumpla con las exigencias de la normativa vigente y se convierta en un gran lugar para trabajar”.
Etapas
Puesta
en marcha
Diagnóstico
Diseño, aprobación
y registro
Acompañamos a la comisión negociadora en la aprobación del plan de igualdad y en la formalización del registro ante la autoridad laboral competente.